Legislación "obsoleta"
Leyes promulgadas entre 1939 y 1975
Las leyes del FUERO DEL TRABAJO Todavía en plena guerra, el 9 de marzo de 1938, Franco dicta la Ley del Fuero del Trabajo, en beneficio de los trabajadores. En base a esta ley fundamental, se aprueban las siguientes leyes:
1 de septiembre de 1939 Ley del Subsidio familiar.
23 de septiembre de 1939 Ley del Subsidio de Vejez.
13 de julio de 1940 Ley de Descanso dominical y días festivos.
25 de noviembre de 1942 Ley de Patrimonios familiares.
14 de diciembre de 1942 Seguro Obligatorio de enfermedad. Para dar cobertura a la Ley del Seguro Obligatorio de enfermedad, se construyo una red hospitalaria, dependiente de la Seguridad Social: Residencias hospitalarias 292 Ambulatorios 500 Consultorios 425 Residencias concertadas 96
26 de enero de 1944 Contrato de Trabajo, vacaciones retribuidas, maternidad para las mujeres trabajadoras y garantías sindicales.
19 de noviembre de 1944 Paga extraordinaria de Navidad.
18 de julio de 1947 Paga extraordinaria del 18 de julio.
14 de junio de 1950 Reforma del I.N.P. para una mejor cobertura en la acción protectora.
22 de junio de 1956 Accidentes de Trabajo
24 de abril de 1958 Convenios colectivos 23 de abril de 1959 Mutualidad agraria. En esta ley se encuadraron 2.300.000 trabajadores del campo, por cuenta ajena y propia.
2 de abril de 1961 Seguro de Desempleo.
14 de junio de 1962 Ayuda a la Ancianidad.
28 de diciembre de 1963 Ley de Bases de la Seguridad Social.
31 de mayo de 1966 Régimen Especial Agrario.
2 de octubre de 1969 Ordenanza General del Campo, donde se establece la jornada laboral de 8 horas. 20 de agosto de 1970 Mutualidad de Autónomos Agrícolas.
23 de diciembre de 1970 Ley de Empleo Comunitario.
Así que en la ley del 9 de julio de 1976, todos los trabajadores españoles tenían cubiertas todas las contingencias por el Estado que había nacido el 18 de julio de 1936, con la Victoria del 1º de Abril de 1939. Pasamos a enumerarlas: -Seguro de Desempleo. -Subsidio de Vejez. -Invalidez permanente total. -Invalidez absoluta. -Gran invalidez. -Discapacitados y Disminuidos. -Subsidio de Ancianidad. -Enfermedad Común no laboral. -Accidente Común no laboral. -Subsidio familiar. -Protección familias numerosas. -Asistencia farmacéutica. -Asistencia médica. -Asistencia hospitalaria. -Vacaciones retribuidas. -Descanso Dominical y días festivos. -Paga extraordinaria de Navidad. -Paga extraordinaria del 18 de julio. -Pagas sobre beneficios. -Convenios Colectivos. -Representantes sindicales (liberados). -Jurados de empresa. -Representación Consejos de la administración de las empresas.
Las leyes del FUERO DEL TRABAJO Todavía en plena guerra, el 9 de marzo de 1938, Franco dicta la Ley del Fuero del Trabajo, en beneficio de los trabajadores. En base a esta ley fundamental, se aprueban las siguientes leyes:
1 de septiembre de 1939 Ley del Subsidio familiar.
23 de septiembre de 1939 Ley del Subsidio de Vejez.
13 de julio de 1940 Ley de Descanso dominical y días festivos.
25 de noviembre de 1942 Ley de Patrimonios familiares.
14 de diciembre de 1942 Seguro Obligatorio de enfermedad. Para dar cobertura a la Ley del Seguro Obligatorio de enfermedad, se construyo una red hospitalaria, dependiente de la Seguridad Social: Residencias hospitalarias 292 Ambulatorios 500 Consultorios 425 Residencias concertadas 96
26 de enero de 1944 Contrato de Trabajo, vacaciones retribuidas, maternidad para las mujeres trabajadoras y garantías sindicales.
19 de noviembre de 1944 Paga extraordinaria de Navidad.
18 de julio de 1947 Paga extraordinaria del 18 de julio.
14 de junio de 1950 Reforma del I.N.P. para una mejor cobertura en la acción protectora.
22 de junio de 1956 Accidentes de Trabajo
24 de abril de 1958 Convenios colectivos 23 de abril de 1959 Mutualidad agraria. En esta ley se encuadraron 2.300.000 trabajadores del campo, por cuenta ajena y propia.
2 de abril de 1961 Seguro de Desempleo.
14 de junio de 1962 Ayuda a la Ancianidad.
28 de diciembre de 1963 Ley de Bases de la Seguridad Social.
31 de mayo de 1966 Régimen Especial Agrario.
2 de octubre de 1969 Ordenanza General del Campo, donde se establece la jornada laboral de 8 horas. 20 de agosto de 1970 Mutualidad de Autónomos Agrícolas.
23 de diciembre de 1970 Ley de Empleo Comunitario.
Así que en la ley del 9 de julio de 1976, todos los trabajadores españoles tenían cubiertas todas las contingencias por el Estado que había nacido el 18 de julio de 1936, con la Victoria del 1º de Abril de 1939. Pasamos a enumerarlas: -Seguro de Desempleo. -Subsidio de Vejez. -Invalidez permanente total. -Invalidez absoluta. -Gran invalidez. -Discapacitados y Disminuidos. -Subsidio de Ancianidad. -Enfermedad Común no laboral. -Accidente Común no laboral. -Subsidio familiar. -Protección familias numerosas. -Asistencia farmacéutica. -Asistencia médica. -Asistencia hospitalaria. -Vacaciones retribuidas. -Descanso Dominical y días festivos. -Paga extraordinaria de Navidad. -Paga extraordinaria del 18 de julio. -Pagas sobre beneficios. -Convenios Colectivos. -Representantes sindicales (liberados). -Jurados de empresa. -Representación Consejos de la administración de las empresas.
Muchas gracias por tan interesante e incontestable munición.
ResponderEliminarDe muy oportuna recordación: que esto sí que es memoria... o memorial.
ResponderEliminarEncuentro muy revelador el comentario de LFU, refiriéndose a los datos aquí consignados como "munición"; es obvio el planteamiento belicoso, y el que considera a quienes disienten de él no como personas que piensan de otro modo, sino como enemigos. Pena. Por otra parte, nada se explica del contenido en detalle de todas esas "maravillosas" leyes. Aportaré, al respecto, un dato vivido. Empecé a trabajar a los 15 años, en Enero de 1973. No era ésa la idea de mi familia; mi condición de alumno brillante (mi nota más habitual era la de sobresaliente o matrícula de honor) les había hecho esperar, y desear, que pudiese seguir tranquilamente mis estudios, y empezar con el trabajo a una edad más avanzada. Pero mi padre enfermó de cáncer, del que fue operado por primera vez en 1969 (aún viviría, siempre enfermo, varios años). Y una de esas maravillosas leyes disponía que quienes estuvieran largo tiempo de baja viesen reducidos sus ingresos a menos de la mitad de su sueldo. Eso obligó (éramos 6 en casa, contándole a él) a que yo, el hijo mayor, empezara a trabajar en cuanto pude, e igualmente mis hermanos, a medida que fueron llegando a la edad mínima en que podían hacerlo; porque lo que él pasó a ingresar no daba para vivir. No sé si eso (reducir el sueldo de un trabajador gravemente enfermo a menos de la mitad) parecerá una "munición" más o menos apropiada, pero es un hecho; desgraciadamente, no estoy hablando de nada que haya oído o supuesto, sino de mi propia historia.
ResponderEliminarVamos, vamos: tanto la "munición" de LFU como tu acreditada susceptibilidad, gatoflauta, son artificios retóricos. En todo caso, gracias por tu valiente testimonio.
ResponderEliminarGracias a Jesús Sanz por la moderación de su respuesta, en tema que tanto se presta a perderla. Decirle sólo que no hay valentía en mi testimonio: sólo sinceridad.
ResponderEliminarNo siendo perfectas y teniendo en cuenta que se salía de una situación de postguerra (ruina absoluta) y de unos cuerpos legislativos donde la protección del trabajador - simlemente - no existía,la legislación "franquista" trató de favorecer y proteger al trabajador. Baste compararla con otras legislaciones "liberales" de su misma época y de países circundantes. La Seguridad Social, y ese Derecho Universal a la atención médica se implantó en España mucho antes y de forma mucho mas "universal" a como se ha ido desarrollando en otros países del primer mundo, donde el copago sanitario viene de origen... pero reconocerle al franquismo ninguna cosa buena forma parte de la censura obligatoria. En cuanto al comentario de gatofaluta, ignóro las condiciones laborales específicas de su padre y lamento la terrible situación que vivió, pero si a día de hoy le pasase eso mismo a un funcionario, el resultado sería similar. ¿Porque digo esto? pues muy sencillo, porque con intención de reducir la pensión a pagar, un cuarenta por ciento largo de lo que percibe un funcionario son "complementos"... complementos asociados a la ocupación de una vacante que, si no se ocupa, no se perciben. Y va a peor, porque el modelo a implantar (defendido por la corriente liberal que lo justifica por la falta de ingresos en concepto de SS) es que - además - el tratamiento te cueste dinero...
ResponderEliminarDon Aquilino:
ResponderEliminarNo sé si le habrá llegado la información de alguna otra manera: http://tradiciondigital.es/
Si quiere que le pongamos en la columna de blogueros, díganoslo.
Y si nos da permiso le reproduciremos artículos de este blog, con la debida referencia, claro está.
Un abrazo
Agradezco en primer lugar a quienes se han referido a mi testimonio que no hayan puesto en duda su veracidad, en contra de lo que yo temía, como una manera de descartarlo. Por desgracia, y como ya dije, es la pura verdad. Por otra parte, es un hecho que durante el franquismo se hicieron cosas buenas; pecan tanto quienes no reconocen esto, que es obvio, como quienes no lo hacen con las (tantas) cosas malas, y a veces francamente atroces, que también se hicieron entonces. Aún estamos lejos, me temo, de ser capaces de ver con objetividad ese período. Dos matizaciones a lo que dice "Marmotino": 1) Una situación como la vivida por nuestra familia (mi padre, por cierto, trabajaba en Renfe), yo no la conozco, por fortuna, en la actualidad. Pero es cierto que algunas medidas adoptadas últimamente con el pretexto de la famosa crisis corren el riesgo de acercarnos a ella. Mala cosa, entonces y ahora. 2) Lo que dice de la situación de guerra de que se procedía no tiene en cuenta que, para cuando ocurrió lo que yo contaba, ya habían pasado desde entonces más o menos el mismo número de años transcurrido desde que murió Franco hasta ahora. Y no sería de recibo, me parece, que se pretendieran justificar males actuales por lo ocurrido en esa etapa anterior, tan lejana ya en el tiempo. Por otra parte, decir que en la República (supongo que se refiere a ella) "la protección al trabajador, simplemente, no existía", es caer en el mismo error que él con justicia reprocha a quienes no reconocen al franquismo "ninguna cosa buena". Ciertamente hubo (con sus imperfecciones, como todo lo humano) leyes e iniciativas que pretendían justamente eso, proteger al trabajador y mejorar, en lo posible, su situación.
ResponderEliminarPermiso concedido. ¡Buen servicio!
ResponderEliminarFelizmente obsoleta, le recuerdo, para sus "veraces porqueros" de LIBERTAD DIGITAL, siempre amigos de identificar todos los desmanes económico/pesebristas del PSOE con la legislación social del franquismo. Supongo que la discrepancia en temas como éste fue lo que llevó a Pío Moa fuera de la galaxia neoliberal hacia las aguas menos plutólatras (al menos en el discurso) de Intereconomía.
ResponderEliminarMuchas gracias.
ResponderEliminarRepicaremos este mismo el próximo lunes.